Declarada Nula la Ampliación de la Jornada Laboral del Ayuntamiento de Umbrete (Sevilla)


En una reciente Sentencia de fecha 18 de Octubre del 2012, dictada por el Juzgado de lo Social Número 7 de Sevilla, se determina que la modificación de la Jornada de Trabajo impuestas a algunas las Corporaciones Locales, fundamentada en el RDL 20/2011, de Medidas Urgentes en Materia Presupuestaria, Tributaria y Financiera para la corrección del Déficit Público, y más en concreto, en el Apartado referido a la Reordenación del Tiempo de Trabajo, es nula.

Pues en el citado RDL, esta materia -Jornada de Trabajo-, viene regulada exclusivamente para el Sector Público Estatal, excluyendo de la misma a los Organismos Locales y a las Comunidades Autónomas.

La determinación de la jornada de trabajo, deberá por tanto, someterse al proceso negociador correspondiente, con la Representación Legal de los Trabajadores. Y al no haberlo hecho así, sino que se ha aplicado  "manu militari" fundamentándose en una  norma legal, erróneamente aplicada, la decisión es NULA.

El fallo, no obstante, es susceptible de recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Os acompañamos en formato PNG copia de la referida Sentencia.

Si deseas recibirla en formato PDF, escríbenos al correo electrónico usolucena@hotmail.com y te la haremos llegar.

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1 comentario:

  1. no es por desanimar a nadie pero su señoría el juez debía estar fumao cuando redactó la sentencia. En el fundamento 3º cita la disposición adicional 71ª de la Ley de presupuestos generales y el juez dice que no incluye a las corporaciones locales como sector púlico y sí que las incluye porque dice a los entes locales... estamos más solos que la una

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